SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2014

Fecha: 14-May-2014

I.1. Contenido de la acción

Dentro del proceso disciplinario instaurado por el Consejo Disciplinario de la ANAPOL en su contra, se aplicarán los arts. 39 inc. B, numeral 3.14 y 15, así como el art. 93 del Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL; normas que vulneran sus derechos y garantías constitucionales establecidas en la Constitución Política del Estado y Convenciones Internacionales, por cuanto el reglamento establece como faltas graves el mantener relaciones de amistad y relaciones de parentesco con antisociales, presumiendo la culpabilidad y no la inocencia, por conductas ajenas, no obstante que la responsabilidad penal es intuito persona.

El art. 93 del Reglamento, sostiene que los cursantes de las Unidades Académicas que sean imputados formalmente serán dados de baja sin derecho a reincorporación, lo que lesiona el art. 117 de la CPE, porque con dicha norma se lo condena de manera anticipada sin que se haya definido el proceso penal, existiendo doble juzgamiento y una sanción anticipada que no solo afecta la presunción de inocencia, sino el quebrantamiento del valor justicia y el principio de razonabilidad.

Las normas impugnadas tratan de sancionar a una persona por la supuesta comisión de un delito cuya responsabilidad recae en otras personas, lo que vulnera el art. 110 de la Norma Suprema; asimismo, se limita el derecho a la educación al ser discriminado por estar dentro de un proceso penal, vulnerando el art. 14 de la Ley Fundamental, sin que se hubiera demostrado su participación en el hecho.