SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2014

Fecha: 23-May-2014

al haber establecido que el Tribunal de alzada anuló el Auto apelado, en lugar de ingresar el fondo del recurso y resolverlo, será dicha instancia la que evalúe la actuación del inferior, determinando si al emitir su Resolución disponiendo la detención preventiva de la accionante, vulneró sus derechos fundamentales invocados

Con referencia a la actuación de la Jueza demandada, una vez efectuada la imputación formal por parte del Fiscal de Materia contra la ahora accionante, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado y allanamiento de domicilio, en la audiencia de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, mediante Resolución de 26 de septiembre de 2013, determinó la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva de la accionante, al establecer la concurrencia de los requisitos establecidos en el art. 233.1 y 2 del CPP, con relación a los peligros de fuga y de obstaculización, descritos en los arts. 234.8 y 10 y 235.1, 2 y 3 del citado adjetivo penal; no obstante, dicha Resolución fue objeto de apelación ante el superior en grado, y al haber establecido que el Tribunal de alzada anuló el Auto apelado, en lugar de ingresar el fondo del recurso y resolverlo, será dicha instancia la que evalúe la actuación del inferior, determinando si al emitir su Resolución disponiendo la detención preventiva de la accionante, vulneró sus derechos fundamentales invocados; extremo que impide un pronunciamiento al respecto por parte de este Tribunal Constitucional Plurinacional, correspondiendo en consecuencia, denegar la tutela con relación a la Jueza codemandada.