SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2014

Fecha: 28-May-2014

III.7.  Otras consideraciones

De la revisión de actuados procesales, se advirtió que, una vez presentada la acción de libertad, el Juez de garantías notificó a la autoridad demandada, a objeto de que se haga presente a la audiencia pública, disponiendo además que remita el cuaderno procesal a su conocimiento, donde se encuentra involucrada la accionante (fs. 5); sin embargo, no existe constancia de dicha remisión, por ello el Juez de garantías fundamentó su resolución, en base al informe evacuado por el Juez demandado.