SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2014

Fecha: 28-May-2014

se evidenció la falta de celeridad vinculada al derecho a la libertad de la accionante; tomando en cuenta que, el principio de celeridad impone a los operadores de justicia, el deber jurídico ineludible de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento, sin dilaciones indebidas

Con la conducta asumida por la autoridad demandada, se evidenció la falta de celeridad vinculada al derecho a la libertad de la accionante; tomando en cuenta que, el principio de celeridad impone a los operadores de justicia, el deber jurídico ineludible de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento, sin dilaciones indebidas, obligación que se torna con mayor prioridad cuando de por medio se encuentra la libertad personal; máxime si existe una norma expresa que señale el plazo que debe ser observado por las autoridades jurisdiccionales, para remitir las actuaciones pertinentes al superior en grado; motivo por el cual, encontrándose dentro del ámbito de protección que brinda la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, corresponde conceder la tutela impetrada.