Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014-ECA
Fecha: 11-Jun-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El solicitante sostiene que las Resoluciones Municipales 116/2012 y 215/2012, por las cuales, las autoridades demandadas suspendieron de sus funciones al accionante por pesar en su contra acusación, adquirieron calidad de cosa juzgada formal y material y por lo tanto, mediante la Resolución 032/2014, rechazaron la reconsideración del petitorio, manteniendo dicha determinación pese a la disposición emanada por este Tribunal a través del ACP 0013/2014-O. Asimismo denuncia errores en la notificaciones realizadas con las Resoluciones constitucionales.