SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2014

Fecha: 05-Jun-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Su cónyuge Fernando Yebara Coca, al haber sufrido un accidente laboral el 13 de noviembre de 2012, ingresó al Hospital Universitario Japonés, donde le brindaron la atención médica necesaria para restablecer su salud; posteriormente, al ser dado de alta el 2 de diciembre de 2013, le proporcionaron en forma escrita la liquidación de lo adeudado, señalando la suma de Bs29 658,57.- (veintinueve mil seiscientos cincuenta y ocho 57/100 bolivianos), dinero que nunca se negaron a cancelar; por lo que al ser personas de escasos recursos solicitaron al Director y a la Administradora de dicho Hospital, se les otorgue un plan de pagos, el cual fue rechazado y en virtud a ello se niegan a emitir la orden de salida correspondiente.

En ese sentido, argumenta que desde la fecha de la alta médica hasta la interposición de la presente acción de libertad, transcurrió un día, donde su cónyuge se encuentra arbitraria e ilegalmente retenido, privándole de su libertad y libre locomoción, sin tomarse en cuenta que los procedimientos administrativos dentro de una institución pública o privada, no contemplan detenciones, ni retenciones por deudas económicas, ya que se deben observar otros mecanismos para efectuar el cobro de deudas por servicios hospitalarios.