SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2014
Fecha: 06-Jun-2014
1)
En uso de su derecho a réplica, manifestó que: 1) Informó de manera verbal sobre el estado de embarazo de su esposa, pero quien tiene que dar la autorización para que el trabajador se afilie a un seguro médico es el empleador; 2) Como indicó el Inspector Departamental de Trabajo, nunca se le hizo llegar un memorándum (se entiende de reincorporación); 3) Respecto a que se lo hubiera cambiado de funciones de boletería a bodega, tampoco existe un memorándum que indique este traslado; 4) La carga de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, en este caso no se ha acreditado nada de lo aseverado en su informe verbal, pues éste tampoco niega la relación laboral que tiene desde hace muchos años con su persona; y, 5) No desvirtuaron el hecho de que ingresó a trabajar ya en una anterior oportunidad, casi dos años, por lo que le corresponde el bono de antigüedad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, por parte del empleador. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. La Resolución del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR en parte