SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2014
Fecha: 06-Jun-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, se ratificó en términos generales en la acción de amparo constitucional presentada y en consideración al informe presentado por el ahora demandado, expresó que el empleador tiene la obligación de brindar el seguro de salud, independientemente si uno se afilia o no lo usa, por ser un derecho constitucional; asimismo, el Alcalde demandado sabía que gozada de inamovilidad; sus funciones eran realizadas en Trinidad, siendo prueba de ello el memorando que le instruye constituirse en Huacaraje con pago de viáticos, y que por su parte él no tenía ningún funcionario bajo su dependencia, por lo que su cargo no era jerárquico; al respecto, el ahora demandado no presentó la estructura organizativa de la entidad; de igual manera, señaló que fue despedido por no refrendar ciertos actos con los que no se encontraba de acuerdo y que el hecho de haber sido designado por una autoridad electa, no implica el desconocimiento de sus derechos laborales, no existiendo consignación de haberle pagado el mes de septiembre.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Excepciones al beneficio de la inamovilidad laboral de progenitores
- tenemos de un extremo los derechos individuales de los funcionarios y del otro la generalidad de los derechos de los ciudadanos que sólo pueden satisfacerse de buena manera a través del ejercicio eficiente de las altas funciones del Estado
- la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas
- III.2.Atribución de faltas a funcionarios de libre remoción
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR en parte