SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2014

Fecha: 09-Jun-2014

I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público

Max Fernando Copa Rojas, representante del Ministerio Público, manifestó que el acto eleccionario se llevó a cabo de acuerdo a una Resolución del Comité Electoral de la Universidad en un desempate por analogía de lo que es el Régimen de la Ley Electoral de 30 de junio de 2010; por ello, en el presente caso concurre lo establecido por el art. 53.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), por el cual la acción de amparo constitucional no procederá contra actos consentidos libre y expresamente o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado; es decir, que los accionantes, al concurrir al acto eleccionario no sólo en una oportunidad, sino en una segunda del desempate, han consentido libre y expresamente estas elecciones; por lo que solicita se declare sin lugar la presente acción tutelar.