SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2014

Fecha: 09-Jun-2014

II.6.

II.6.  Instalada la audiencia el 17 de diciembre de 2013, a horas 17:58 para consideración del procedimiento abreviado solicitado por el Ministerio Público, pese a la inasistencia de la víctima quien fue legalmente notificada, la Fiscal de Materia solicitó que, tratándose de una detenida preventiva, se lleve a cabo la audiencia; por su parte, la accionante a través de su defensa técnica, pidió que se dé por bien hecho el procedimiento abreviado, para no ocasionarle perjuicios y se extienda el mandamiento de libertad en el día por Secretaría; a mérito de lo cual, el Juez de la causa dispuso la prosecución del actuado judicial. Posteriormente, la Fiscal de Materia se ratificó in extenso en el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, pidiendo se admita el mismo; luego el Juez de la causa preguntó a la imputada si renunciaba al procedimiento común y si se somete al procedimiento abreviado, manifestando que sí. En ese estado y antes de pronunciar la Resolución correspondiente, la autoridad jurisdiccional manifestó que al haber empezado la audiencia a una hora distinta de la señalada y no tener la certidumbre, si la presunta víctima se habría hecho presente a la hora indicada (17:00), extremo que lesionaría sus derechos, por lo avanzado de la hora (18:15), manifestó que se les haría conocer a las partes la reprogramación de la audiencia conclusiva de procedimiento abreviado, concluyendo de esta manera el mencionado actuado judicial (fs. 39 y vta.).