SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1057/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1057/2014

Fecha: 09-Jun-2014

Fragmento 3

En consecuencia, el matrimonio de Ana María Honor Terceros, se encontraba vigente y que su padre tampoco logró divorciarse de Nieves Crespo Paredes, por cuyo efecto el matrimonio celebrado el 29 de febrero de 1981, nunca surtió efectos jurídicos por expresa prohibición del art. 46 del CF, extremos que no fueron tomados en cuenta por las autoridades de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.