SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2014
Fecha: 10-Jun-2014
“improcedente”
La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, pronunció la Resolución 43/2013 de 12 de noviembre, cursante de fs. 192 a 194, por la que declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: a) De lo expuesto por las partes, corresponde analizar la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional, entendida como el agotamiento de todas las instancias sea en la vía judicial o administrativa, donde se acusa la vulneración; en ese contexto, en el caso que se examina, se constata que existe en el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, un trámite ordinario de anulabilidad de transferencias y protocolos de escrituras públicas y cancelación en oficinas de DD.RR. de partidas y matrículas computarizadas sobre la propiedad “El Rodeo”, ubicada en el cantón Trinidad, provincia Cercado del departamento de Beni, con una extensión de 808 ha; b) El derecho propietario de este fundo se encuentra en trámite judicial, debido a la presunta falsificación de la firma de Nelva Rodríguez Santa Cruz Vda. de Suárez, presunta propietaria del fundo, que fue fraccionado por posteriores compradores, entre estos, los adjudicatarios de “Villa Marín” e incluso el accionante; c) La ahora demandada, en condición de heredera de la nombrada, tomó acciones de hecho contra los adjudicatarios de dicho lugar, que resulta ser parte de la misma propiedad reclamada, denominada “El Rodeo”; d) El trámite ordinario sobre derecho propietario se encuentra pendiente de resolución en dicho Juzgado; lo que conforme al art. 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), provoca la improcedencia de la acción; y, e) El accionante no demostró que haya agotado los medios legales para hacer respetar sus derechos, en consecuencia, el Tribunal de garantías no puede ingresar a considerar aspectos de fondo sobre la referida acción de defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR