SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2014

Fecha: 10-Jun-2014

a)

Mediante su abogado, informaron lo siguiente: a) Textualmente expresan: “…en una primera instancia los accionados no han accionado las vías respectivas ha sido por condescendencia porque contemplamos que el señor Luis Fernando Escalante tiene derecho a trabajar en otras instituciones, nosotros hemos visto por conveniente pedir de que él renuncie” (sic); y, b) Agrega más adelante “… evidentemente sí, no se ha desarrollado un proceso administrativo en el que se haya determinado la responsabilidad del accionante en este caso…” (sic).