SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2014

Fecha: 10-Jun-2014

conminatoria de reincorporación

Se constata de obrados que el accionante, en vista de los hechos ahora denunciados, acudió a la Jefatura Regional del Trabajo de Tupiza, donde obtuvo una “conminatoria de reincorporación” inmediata a su fuente laboral, con el pago de salarios devengados y demás derechos sociales que le corresponden; empero, la institución demandada se ha mostrado renuente a su cumplimiento, sin ninguna justificación, como se establece del acta de seguimiento a la referida conminatoria de reincorporación precedida de su correspondiente solicitud (fs. 19 a 20), subsistiendo en consecuencia el acto lesivo vulneratorio de los derechos fundamentales invocados, dado que la protección laboral que el accionante consiguió en la vía administrativa, debe ser acatada de inmediato, no estándole permitido al demandado incumplirla bajo ningún pretexto, sin perjuicio de que pueda impugnar la misma en las instancias administrativas o judiciales que correspondan, donde se resolverá con propiedad, si el despido se encuentra debidamente justificado o no, motivo por el cual la tutela que se brinda en estos casos en sede constitucional, resulta ser de carácter provisional, conforme se tiene señalado en la jurisprudencia constitucional precedentemente glosada.