SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2014

Fecha: 10-Jun-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

En su derecho a réplica, añadió que los abogados que intervinieron en audiencia no adjuntaron poder suficiente de representación de los demandados; por lo que corresponde desestimar cualquier exposición al efecto. No es posible que un funcionario público de la Alcaldía Municipal ampare actos ilegales en una Ordenanza Municipal que no es clara, ni determina, ni ordena que se deba quitar al supuesto infractor la placa de circulación vehicular.