Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En su derecho a réplica, añadió que los abogados que intervinieron en audiencia no adjuntaron poder suficiente de representación de los demandados; por lo que corresponde desestimar cualquier exposición al efecto. No es posible que un funcionario público de la Alcaldía Municipal ampare actos ilegales en una Ordenanza Municipal que no es clara, ni determina, ni ordena que se deba quitar al supuesto infractor la placa de circulación vehicular.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación de resoluciones judiciales y administrativas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR