SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2014

Fecha: 10-Jun-2014

III.1. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria y la valoración de la prueba en sede constitucional

Es necesario dejar establecido que al haberse agotado dentro del proceso todos los recursos que franquea  la ley, se está ante la cosa juzgada, la que no puede ser revisada por un recurso como el presente, pretendiendo revertir sus efectos; porque el Tribunal de garantías, no tiene atribuciones, ni competencia para dejar sin efecto resoluciones o revisar fallos, emitidos con plenitud de jurisdicción y competencia, porque no constituye una instancia procesal de revisión de fallos, excepto cuando se constata y existe certeza, sobre la lesión de derechos y garantías fundamentales.