Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
En audiencia pública celebrada el 6 de diciembre de 2013, según consta el acta de audiencia cursante de fs. 33 a 36 y vta., con la concurrencia del accionante y su abogado, estando presente Carlos Guerreo Ardaya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz y ausentes los Vocales demandados; se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- DENEGÓ
- II.1.
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- CONFIRMAR