Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.3.
II.3. Memorial presentado el 3 de diciembre de 2013 por David Víctor Chavarria Pommier en representación de Raymundo Gutiérrez Cano, ante la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de Tarija, denunciando que el accionante se encontraría ilegalmente detenido, solicitando informe sobre la situación del detenido, y pidiendo además, fotocopia legalizada del trámite realizado para dar cumplimiento al mandamiento de libertad y el nombre del funcionario que no dio cumplimiento al citado mandamiento (fs.7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desvirtuar o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
- III.3. La obligación de autoridad competente de ejecutar el mandamiento de libertad, dentro del marco de celeridad y prioridad
- III.4. Análisis del caso concreto.
- CONFIRMAR en parte
- 2° EXHORTAR