SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2014

Fecha: 10-Jun-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue ilegalmente aprehendido el 13 de diciembre de 2013, sin que exista flagrancia, denuncia, querella o citación de autoridad competente, por particulares que lo sacaron a golpes y empujones del aeropuerto “Jorge Wilsterman”, cuando se dirigía a pasar las vacaciones de fin de año, a su país Venezuela. La aprehensión se debió a que su persona en representación del Consorcio Hidroeléctrico Misicuni, suscribió contratos de naturaleza civil para alquilar volquetas. Alega también, que no se comunicó de su detención a la embajada de su país.

Posteriormente, se le remitió ante el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal -ahora demandado-, quien dispuso su detención preventiva el 14 del mismo mes y año, ante esa determinación interpuso recurso de apelación incidental el 17 de igual mes y año, y a pesar de haber solicitado se remita antecedentes en el plazo legal, la autoridad demandada no lo hizo dentro de las veinticuatro horas, decretando que previamente se notifique a las partes, para que en el plazo de tres días se pronuncien y se remita antecedentes al Tribunal de alzada, provocando con ello dilación indebida, incumpliendo lo prescrito en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).