SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.4.
II.4. Deducida la impugnación contra dicha determinación, fue resuelta por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución de 12 de diciembre de 2013, por el cual declaró procedente en parte el recurso de apelación planteado por los imputados Serafín Flores y David Flores Carvajal, en consecuencia teniendo acreditada la actividad lícita de ambos confirmó en lo demás la Resolución apelada de 25 de noviembre del citado año. Asimismo, dispuso en cuanto a la calificación provisional de la imputación formal y el reclamo sobre vulneración de derechos fundamentales alegados a la defensa, está deberá acudir ante el juez de la causa, que es el contralor de garantías constitucionales (fs. 330 a 333).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La exigencia de motivación en los tribunales de apelación al momento de resolver medidas cautelares
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR