SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1229/2014
Fecha: 16-Jun-2014
a)
Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, presentó informe escrito, cursante de fs. 110 a 112, señalando: a) Conoció de la imputación formal contra Richard Jiménez Soza y José Armando Jiménez Sosa, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y asociación delictuosa, en cuya fundamentación y petitorio, se solicitó la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva para ambos imputados; b) En audiencia cautelar realizada el 30 de marzo de 2012, el Fiscal asignado al caso solicitó la detención preventiva para Richard Jiménez Sosa y en cuanto a José Armando Jiménez Sosa, manifestó se aplique según mi criterio; y, c) La parte civil y víctima con amplia fundamentación de los hechos basada en el derecho, solicitó la aplicación de la detención preventiva para ambos imputados, por lo cual luego de valorar los requisitos, así como los peligros procesales, se resolvió de forma legal.
Sigfrido Sotelo Gualoa, William Torrez Tordoya y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz, presentaron informe escrito que, cursa a fs. 109 y vta., indicando que señalada la audiencia para el 23 de julio de 2013, la parte imputada (José Armando Jiménez Sosa), la parte civil, ni el Ministerio Público, no estuvieron presentes, por lo que la Resolución apelada fue confirmada en todas sus partes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- III.2.Sobre el debido proceso y la fundamentación y motivación de las Resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR parcialmente