SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2014
Fecha: 16-Jun-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La abogada del accionante, añadió que el motivo de la detención de éste y otros dirigentes sindicales fue por ejercicio del derecho constitucional a la huelga, iniciándose una persecución penal en su contra por la parte querellante y por la que se encuentra detenido por nueve meses, sin que sus solicitudes de detención preventiva, hubieran sido consideradas ni resueltas por el Juez demandado, debido a reiteradas recusaciones interpuestas por la parte querellante, cuando bajo las mismas condiciones la autoridad jurisdiccional, sí dispuso la cesación de la detención preventiva de Franz Lucio Luque Kara. Además, señaló que la citada autoridad demandada, el 20 de noviembre y 12 de diciembre ambos de 2013, rechazó in límine nuevas recusaciones interpuestas en su contra; sin embargo, no instaló las audiencias de cesación a la detención preventiva respectivas, señalando que en la última oportunidad no se dejó constancia, nota marginal ni acta de la suspensión de la misma. Asimismo, precisó que correspondía el rechazo in límine de recusaciones reiteradas, bajo los mismos argumentos, porque esa decisión no requiere sustanciación ni un plazo que cumplir, motivo por el que esta autoridad no observó adecuadamente la normativa procesal penal, restringiendo el derecho a la libertad del ahora accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la celeridad en la tramitación de solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR