Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1244/2014
Fecha: 16-Jun-2014
II.2.
II.2. A través de certificación oficial de 27 de agosto de 2013, suscrita por Johanna Tordoya Rocha en su calidad de Concejal Secretaria, entregada al peticionario, certifica los siguientes extremos: “Que, la documentación que cursa y consta en el Archivo de este H. Concejo Municipal de Quillacollo, se verifica que cursa la siguiente documentación: Ordenanza Municipal Nº 51/91 de fecha 10/12/91. Ordenanza Municipal Nº 26/2006 de fecha 6 de julio de 2006 (Reglamento Municipal para el Servicio de Transporte Público de pasajeros) Es cuanto certifico en honor a la verdad y para fines de Ley” (sic).
- acción de amparo constitucional
- “REITERA CERTIFICACIÓN QUE INDICA”
- sindicato 15 de agosto
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Mónica Alvis Salvatierra,
- concedió
- que las Ordenanzas Municipales (OOMM) 51/91 y 26/2006, cursaban en archivos del Concejo Municipal
- II.2.
- II.3.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.
- Johanna Tordoya Rocha en su calidad de Concejala Secretaria
- i.
- 3° DENEGAR