SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2014
Fecha: 16-Jun-2014
a)
Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) El cumplimiento a la conminatoria de 2 de julio de 2013, procediéndose a su reincorporación al mismo puesto laboral que ocupaba, con goce de haberes devengados; b) Se proceda a su afiliación al ente gestor de salud y a la cancelación de aportes a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) desde el 13 de junio de 2012, fecha en la ingresó a trabajar; así como a la entrega inmediata de los subsidios prenatales que le corresponden por ley, habida cuenta que a la fecha se encuentra gestando el octavo mes de embarazo, debiendo respetarse su descanso pre y post natal; c) Se determine responsabilidad civil, condenando al pago de daños y perjuicios a los demandados por no respetar su condición de mujer embarazada; d) Se condene al pago de costas de acuerdo al arancel mínimo del Colegio de Abogados; y, e) Se establezca un plazo razonable, perentorio e improrrogable para el cumplimiento de lo dispuesto.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 4
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. Excepción al principio de subsidiariedad
- III.3. Protección especial y preferente de la mujer embarazada y del ser en gestación; derecho a la seguridad social
- mujeres
- III.4. Derecho laboral de la mujer embarazada; inamovilidad funcionaria
- III.5. Cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por el Ministerio del Trabajo Empleo y Previsión Social o sus Jefaturas Departamentales
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR