SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1297/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1297/2014

Fecha: 23-Jun-2014

realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación al proceso de entrega de los mismos gratuitamente.

Conforme lo señalado, es necesario referir que si la accionante, consideraba que dichas autoridades, no regularizaron su trámite de otorgación de diploma de bachiller, correspondía que previo al planteamiento de esta acción tutelar acuda ante el Ministerio de Justicia a efectos de que sea atendido su reclamo; es decir, si bien acudió ante las mismas autoridades que incurrieron en presuntos actos ilegales a efectos de reclamar la vulneración del derecho ahora alegado como vulnerados; sin embargo, también es evidente que la accionante no acudió ante la instancia superior como el Ministerio de Educación, conforme se ha referido en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, toda vez que el DS 265, garantiza la otorgación de los diplomas de bachiller con carácter gratuito y de manera inmediata; si bien estableció en su art. 2 que las Direcciones de Unidades Educativas, Direcciones Distritales y Direcciones de los Servicios Departamentales de Educación-SEDUCA, son los responsables de la ejecución transparente y eficiente del procedimiento para la otorgación del diploma de bachiller con carácter gratuito en todo el territorio boliviano, no es menos evidente, que el art. 3 de dicho Decreto Supremo, también estableció que el Ministerio de Educación, es la entidad facultada para la edición e impresión de los Diplomas de Bachiller y de realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación al proceso de entrega de los mismos gratuitamente.