Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1311/2014
Fecha: 30-Jun-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 71 de 5 de diciembre de 2013, cursante de fs. 48 a 50 pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilson Claros Apaza en representación sin mandato de Joaquín Zabala Pereyra contra Rommy Sandra Peredo Peredo, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- ”…en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- Fragmento 12
- ”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR