Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2014
Fecha: 30-Jun-2014
II.3.
II.3. Consta que el 19 de diciembre de 2013, inmediatamente concluido el juicio oral, público y contradictorio, en aplicación del art. 361 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal de la Capital, falló por decisión unánime de votos, absolviendo a Juan Alfonso Urrelo Vargas y otro, de la comisión del delito de robo agravado. Asimismo, de conformidad al art. 364 del CPP, ordenó en el acto la libertad del accionante (fs. 2 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de libertad como medio de defensa constitucional idóneo ante la dilación indebida en la ejecución del mandamiento de libertad
- III.2. La celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y el denominado hábeas corpus traslativo
- III.3. Análisis en el caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR en todo