SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1358/2014
Fecha: 07-Jul-2014
1)
Por su parte, Carlos Antonio Fiorilo Cruz Fiscal de Materia, adscrito a la División Económicos y Financieros de la Fiscalía de La Paz, presentó informe escrito que cursa a fs. 52 y vta., señalando lo siguiente: 1) Conoció el caso caratulado Yvan Córdova Castillo, Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal de la Paz contra Luis Miguel Arce Flores, por los supuestos delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, con control jurisdiccional del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, que al momento se encuentra en etapa preliminar de investigación sin resolución alguna; y, 2) El sindicado no prestó declaración informativa y tampoco se realizó proposición de diligencias por las partes, todos los actos que se realizaron fueron con control jurisdiccional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- III.2.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad'”
- a través del recurso de habeas corpus ahora acción de libertad, sólo se puede tutelar la garantía del debido proceso cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión; debiendo las demás infracciones de la garantía del debido proceso ser reparadas por los mismos órganos que conocen la causa y una vez agotados los recursos e instancias ordinarias, recién se podrá acudir a la justicia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR en todo l