Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1369/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.1.
II.1. El DBC, bajo la modalidad ANPE, con el Código Único de Contratación Estatal (CUCE) 13-0781-00-387967-1-1, en su punto 5.2 inc. n), determina que si para la suscripción del contrato, la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación, salvo que el proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente su retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad, la propuesta será descalificada (fs. 83).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Su configuración
- III.2.Las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NBSABS)
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR