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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1391/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1391/2014

    Fecha: 07-Jul-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.          Alcances del derecho al debido proceso, según la jurisprudencia constitucional, las notificaciones y el derecho a la defensa
    • En consonancia con los Tratados Internacionales citados, a través de la jurisprudencia constitucional se ha establecido que los elementos que componen al debido proceso son el derecho a un proceso público
    • el derecho y garantía genérica del debido proceso no se restringe en su aplicación al ámbito jurisdiccional solamente, sino que es extensiva a cualquier procedimiento
    • El debido proceso constitucional no se concreta en las afirmaciones positivizadas en normas legales codificadas, sino que se proyecta hacia los derechos
    • la Constitución Política del Estado, en el marco de las tendencias actuales del Derecho Constitucional ha plasmado de manera expresa el reconocimiento del debido proceso; derecho-garantía respecto al que existe consenso en la doctrina y la jurisprudencia en cuanto al contenido e implicaciones referidos por la jurisprudencia glosada, la que por ello guarda estrecha congruencia con la carta fundamental vigente y es plenamente aplicable, a pesar de haber sido desarrollada en el marco de la abrogada, resaltando que su carácter de derecho fundamental lo hace exigible ante cualquier procedimiento, sea público o privad'
    • El derecho fundamental al debido proceso protege las facultades del individuo para participar en los procedimientos del Estado constitucional democrático y el ejercicio dentro del marco de dichos procedimientos de las facultades de hacer argumentaciones, afirmaciones, aportar pruebas, y las capacidades de rebatir los argumentos de los demás y de Autocriticarse
    • En ese orden, siendo el debido proceso un principio, derecho y garantía, que tiene por objeto asegurar la vigencia material del valor justicia, debe ser aplicado y respetado en cada uno de los procedimientos jurisdiccionales por medio de los cuales se resuelven las situaciones conflictivas emergentes en la sociedad
    • De igual modo, el carácter expansivo del derecho al debido proceso, ha encontrado otros vínculos ineludibles, como el referido a las notificaciones o citaciones, que posibilitan a las partes de un proceso jurisdiccional asumir conocimiento de los actos jurisdiccionales, para que ejerzan de modo efectivo sus prerrogativas procesales
    • 'En el marco anotado, los emplazamientos, citaciones y notificaciones (notificaciones en sentido genérico), que son las modalidades más usuales que se utilizan para hacer conocer a las partes o terceros interesados las providencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales o administrativos, para tener validez, deben ser realizados de tal forma que se asegure su recepción por parte del destinatario
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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