SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2014

Fecha: 07-Jul-2014

II.4.

II.4.  A través de nota de 20 de noviembre de 2013, Milivoy Alan Ferrufino Mejía, Ricardo Eyzaguirre Sandoval, Rodrigo Fuente Guzmán, Secretarios Ejecutivos FUL, Alejandro Torrico Rojas, delegado de frente, impugnaron la validez del proceso eleccionario del 19 de noviembre de 2013, aclarando que fueron posesionados por la instancia superior CUB el 18 de noviembre de 2013, por lo que solicitaron se suspenda cualquier posesión que pretenda consumar las ilegalidades planteadas bajo los siguientes argumentos: i) Que el Comité Electoral ha dispuesto sin ningún argumento o justificativo suspender el cómputo y abandonar el recinto de conteo sin haber informado, notificado o pospuesto esta obligación para otro momento; ii) Tampoco hizo conocer la determinación sobre la reprogramación de las mesas suspendidas y anuladas en la Facultad de Tecnología menos la fecha, lugar, publicación de jurados electorales, ni la nómina de los estudiantes quienes debían concurrir al acto electoral; iii) Sin comunicación oficial, ni programación en incumplimiento de fases plazos y competencias se procedió a la realización de un acto electoral bochornoso y amañado con instalación de mesas electorales por el frente URUS en la Facultad de Tecnología sin que su frente sea notificado (fs.19 a 21). Dicha nota lleva acta de entrega de carta notariada suscrita por Notario de fe Pública de Primera Clase Nº 31, la misma que refiere que el 21 de noviembre de 2013 a petición verbal de Alejandro Ricardo Torrico Rojas la referida carta fue entregada en la oficina notarial a Horas 18:00 del 21 de noviembre de 2013, a Blanca Pillco Villca, Vocal del Comité Electoral FUL-UMSS; asimismo, se señala que Carlos Romay Apaza y Griselda Padilla Vocales del mismo Comité, rehusaron recibir la carta y que Harlim Coca le pidió que desocupe las oficinas de la FUL (fs. 21 vta.).