Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1460/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.6.
II.6. Por su parte, la Resolución de recurso jerárquico AGIT-RJ 0679/2013 de 3 de junio, revocó parcialmente la resolución impugnada y respecto al punto aludido señaló que, no puede dictarse criterio sobre sanciones no previstas o no impuestas por la Administración Aduanera. Aspecto que se mantiene incólume en el Auto de aclaración AGIT-RJ 0051/2013 de 24 de junio de ese año, haciendo notar al ahora accionante “tiene expedita la vía para realizar el trámite que en derecho corresponda” (fs. 47 a 57 y fs. 61 a 63).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- disminución de multa para el medio de transporte
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II. FUNDAMENTOS JURIDICO DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.El debido proceso y su aplicación al ámbito administrativo sancionador
- III.3.Fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR