SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2014

Fecha: 16-Jul-2014

denegó

El Juez de Instrucción Mixto y cautelar en lo Penal de la provincia de Sabaya del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 001/2014 de 25 de enero, cursante de fs. 15 a 17, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) “…corresponde analizar sobre la observancia que debe realizarse con relación a la subsidiariedad en la acción de Libertad, bajo la premisa que no se puede utilizar como un medio alternativo o paralelo que podría producir confrontación jurídica entre la jurisdicción ordinaria y la constitucional” (sic); b) Conforme al acta de consignación o registro de persona aprehendida presentada, la accionante fue aprehendida el “23 de enero de 2013” a horas 23:00, en mérito al “requerimiento fundamentado de aprehensión” (sic) emitido por la autoridad Fiscal ahora demandada, este se remitió a la carceleta judicial el “24 de enero de 2014” a horas 19:15; es decir, en veinte horas con quince minutos, desde el momento de su aprehensión, la autoridad Fiscal por mandato del art. 226 del CPP, tiene el plazo de veinticuatro horas para enviar al imputado a disposición del juez cautelar y a su vez la policía tiene de ocho horas para poner a disposición de la autoridad Fiscal; es decir, que dicha autoridad tiene treinta “32” horas para remitir a la aprehendida ante el juez cautelar; y, c) Si la persona aprehendida considera que sus derechos a la libertad están siendo ilegalmente privados, corresponde dentro el marco de la subsidiariedad, agotar la vía ordinaria, máxime si en el presente caso ya existe un juez cautelar, que asumió conocimiento para realizar el control jurisdiccional.