Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.3.
II.3. La autoridad demandada, comunicó la ampliación de investigación al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro contra la accionante por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado por el art. 332 inc. 2) del Código Penal (CP); además, presentó imputación formal y solicitó detención preventiva contra Carola Céspedes Arteaga, por existir indicios de probabilidad de autoría, peligro de obstaculización y fuga; la misma fue presentada a la carceleta judicial el 24 de enero de 2014 a horas 19:15 (fs. 10 a 12 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- III.2. Competencia del Juez de instrucción respecto al control jurisdiccional de la investigación
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor,
- con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR