Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2014
Fecha: 16-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la “presunción de inocencia”; ya que habría sido aprehendida dentro del “Hotel Beirut”, sin orden o mandamiento de aprehensión alguno, menos que conozca el motivo real de su arresto; el Fiscal y los funcionarios policiales asignados al caso no realizaron acto procesal alguno conforme a procedimiento, incumpliendo los plazos procesales y en delitos de acción pública la detención solo puede ser ordenada por el Fiscal; asimismo, fue detenida en dependencias policiales por el lapso de veintidós horas, sin que se haya procedido a realizar actos judiciales, vulnerando sus derechos constitucionales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- III.2. Competencia del Juez de instrucción respecto al control jurisdiccional de la investigación
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor,
- con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR