Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2014
Fecha: 16-Jul-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogado, ratificó el tenor íntegro de su memorial de interposición de la acción de libertad y ampliando la misma, indicó que se le tomó declaración “el día de ayer” (24 de enero de 2014) a horas 16:00; es decir, no se realizó ningún actuado judicial en el lapso de casi veintidós horas que estuvo detenida; asimismo, su detención se efectuó sin orden o mandamiento de aprehensión, vulnerando sus derechos fundamentales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- III.2. Competencia del Juez de instrucción respecto al control jurisdiccional de la investigación
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor,
- con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR