Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1512/2014
Fecha: 16-Jul-2014
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto constitucional de 28 de abril de 2014, se dispuso la suspensión de plazo, a efectos de recabar documentación complementaria (fs. 36), conminándose a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a la remisión de la misma a través del decreto constitucional de 27 de mayo de igual año (fs. 44), reanudándose el plazo a partir de la notificación con el decreto constitucional de 3 de julio del año referido (fs. 60), por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro del plazo legal establecido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La valoración objetiva e integral de los elementos probatorios en la cesación de la detención preventiva al amparo del art. 239.1 del CPP, realizada por el tribunal de alzada
- i)
- 1° CONFIRMAR en parte
- 2° Disponer