SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1512/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.4.
II.4. La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista 165/2013 de 22 de octubre, revocó la Resolución 39/2013, disponiendo la detención preventiva del imputado en el centro penitenciario de Patacamaya, en mérito a los siguientes argumentos: 1) Conforme a la SC “17/2004-R”, el tribunal de apelación, puede realizar un análisis integral de todas las circunstancias y elementos que rodearon la resolución inicial y que en el caso, se habría determinado que el imputado, también viene siendo juzgado por el delito de tentativa de parricidio; y, 2) En consecuencia, existen dos procesos contra el imputado, por la presunta comisión de delitos que protegen la vida, siendo estos los de tentativa de asesinato y parricidio, lo que evidencia que Max Román Pérez Casas no desvirtuó los riesgos procesales previstos en el art. 234.6 y 8 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por lo que en cierta medida podría obstaculizar la averiguación de la verdad (fs. 54 a 57).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La valoración objetiva e integral de los elementos probatorios en la cesación de la detención preventiva al amparo del art. 239.1 del CPP, realizada por el tribunal de alzada
- i)
- 1° CONFIRMAR en parte
- 2° Disponer