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    AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2014-RCA

    Fecha: 20-Ago-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia “in límine”
    • I.
    • Fragmento 8
    • es un mecanismo subsidiario, porque únicamente puede instaurarse cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa; por lo tanto, cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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