AUTO CONSTITUCIONAL 0219/2014-RCA
Fecha: 27-Ago-2014
II.3.1
Conforme al análisis de los antecedentes el accionante a través de su representante, señalo sus generales de ley, especificando su domicilio procesal en la Plaza 25 de mayo Nº 1 de Chuquisaca; asimismo, indico los nombres y domicilio de las autoridades demandadas, también se advierte que el memorial sobre la acción de amparo constitucional se encuentra suscrito por un abogado apoderado.
Igualmente se constató que expuso los hechos que sirven de fundamento en la presente acción, identificando la falta de argumentación y motivación del Auto de Vista 374/2013 de 18 de noviembre, lesionando de esa forma sus derechos a la “seguridad jurídica” y al debido proceso citando al efecto los arts. 13, 14, 115.II y 178.I de la CPE; por ultimo expuso su petitorio solicitando el restablecimiento de sus derecho y se deje sin efecto la Resolución ahora impugnada.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- C) CEDER LA ADMINISTRACIÓN DE LA FÁBRICA, MANTENIENDO EL DERECHO DE LA UNIVERSIDAD A NOMBRAR A LOS SÍNDICOS QUE LE CORRESPONDAN
- improcedencia
- que los plazos establecidos para las Acciones De defensa son perentorios
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Cómputo del plazo de los seis meses
- II.3 Análisis del caso concreto
- II.3.1