Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2014-CA
Fecha: 21-Ago-2014
2°
2° ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Marco Antonio Juan Aguirre Heredia en representación legal de la Gerencia de Grandes Contribuyentes (GRACO) La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, demandando la inconstitucionalidad del Decreto Supremo (DS) 10343 de 7 de julio de 1972, que ratificó la Decisión 40 emitida por la Comisión del Acuerdo de Cartagena el 18 de noviembre de 1971.
- Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AIT. general)
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- promovió
- I.4. Trámite Procesal en la comisión de admisión
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Atribución de la Comisión de Admisión de este Tribunal
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. Análisis del caso concreto
- 2°
- 3º Poner