AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2014-CA
Fecha: 21-Ago-2014
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Con anterioridad a ese hecho, el 7 de julio de 1972, se emitió el DS 10343, cuyo texto del art. 1 dispone ratificar la Decisión 40 expedida por la Comisión del Acuerdo Cartagena de 18 de noviembre de 1971, por el que se aprueba el Convenio para evitar la doble tributación internacional entre países integrantes de la sub región Andina; empero, no consideró en base a qué artículos de la Constitución Política del Estado se habría aprobado, por otra parte, el art. 59.12 de la Ley Fundamental vigente en aquella época, establecía las atribuciones del Poder Legislativo en lo relativo a la aprobación de tratados, concordatos y convenios internacionales, por lo que el convenio no se aprobó mediante el procedimiento constitucional establecido al efecto.
- Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AIT. general)
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- promovió
- I.4. Trámite Procesal en la comisión de admisión
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Atribución de la Comisión de Admisión de este Tribunal
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. Análisis del caso concreto
- 2°
- 3º Poner