Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2014-O
Fecha: 01-Ago-2014
denuncia de incumplimiento
En conocimiento la denuncia de incumplimiento de la SCP 0467/2013 de 10 abril, presentada por Renato Cortez Miranda, Aurelio Sichori Pérez, Julia Guillen Canseco y Arturo Zeballos Orosco, en calidad de Ejecutivos Nacionales de la Confederación de Maestros Jubilados de Bolivia, dentro de la acción de inconstitucionalidad abstracta, interpuesta por Rita Elizabeth Reyes Limpias, Diputada de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
- denuncia de incumplimiento
- manteniendo la imposición de la Ley 4121
- acatar de acuerdo lo dispuesto por el art. 203 de la Constitución Política del Estado Plurinacional
- II.1. De la SCP 0467/2013
- hace inaplicable la norma impugnada y surte plenos efectos respecto a todos
- no es un requisito que exista un caso concreto para su interposición, de ahí porque el nomen juris de ser una acción 'abstracta'; y como lógica consecuencia, es un medio depurador del ordenamiento jurídico
- no vinculado a un caso concreto
- II.3. Análisis de la denuncia
- tendrá efecto derogatorio de los Artículos o parte de éstos, sobre los que hubiera recaído la declaratoria de inconstitucionalidad y seguirán vigentes los restantes”
- NO HA LUGAR