AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2014-O

Fecha: 01-Ago-2014

manteniendo la imposición de la Ley 4121

Por memorial presentado el 21 de abril de 2014, cursante de fs. 135 a 137, los denunciantes, hacen conocer el incumplimiento de la SCP 0467/2013, por parte de la Presidencia y Directorio de la Mutualidad del Magisterio Nacional (MUMANAL), al dictar disposiciones contrarias al pago de la cuota mortuoria y seguro de cesantía, incurriendo en actos de intimidación a los beneficiarios a retirar sus aportes obligándolos a devolver diferencias existentes entre la devolución de aportes y “…pagos de conformidad al mandato de las bases” (sic). Asimismo, denuncian el incumplimiento y errónea interpretación del entendimiento desarrollado en los “Fundamentos Jurídicos del Fallo” (sic) en relación al art. 5 de la Ley 4121 de 13 de noviembre de 2009, con la cual se estaría devolviendo aportes “con base a los datos de la Empresa ECA & Aparicio, manteniendo la imposición de la Ley 4121” (sic).      

Señalan que de conformidad a la inconstitucionalidad dispuesta por la citada Sentencia respecto a los arts. 2 y 6 de la Ley 4121, corresponde al Gobierno la devolución de Bs20 573 917,52.- (veinte millones quinientos setenta y tres mil novecientos diecisiete 52/100 bolivianos), a favor del magisterio nacional a través de MUMANAL, en calidad de administradora de dichos recursos.