SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2014

Fecha: 01-Ago-2014

Resolución Administrativa AN-GRLPZ-LAPLI-SPCC/107/2013 de 30 de agosto,

En ese entendido, la accionante solicitó le brinden información acerca del procedimiento efectuado para el remate de la mercancía, así como la presentación del acta de adjudicación y demás formalidades, sin merecer respuesta por parte de la Administración de Aduana Interior La Paz, al contrario, esta entidad emitió la Resolución Administrativa AN-GRLPZ-LAPLI-SPCC/107/2013 de 30 de agosto, la que revocó de forma ilegal su primer acto que reconoció sus derechos que fueron favorables a su persona, a ese efecto interpuso el recurso de reposición que fue rechazado, por lo que planteó el recurso jerárquico al amparo de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso que no fue respondido, ya que la aduana sugirió invocar a la autoridad llamada por ley, a través del proveído AN-GRLPZ-LAPLI-SPCC-539/2013 de 24 de septiembre.

Habiendo agotado los recursos e instancias administrativas, se abre la competencia constitucional, al no recibir respuesta a su solicitud de informe sobre el supuesto remate de su mercancía, y el incumplimiento de la Resolución del recurso jerárquico que se encuentra firme y ejecutoriado, la cual dispuso que la Administración de Aduana Interior La Paz, realice la devolución de las mercancías decomisadas, asimismo, los proveídos emitidos por dicha instancia carecen de fundamentación y motivación, limitándose a ratificar la conducta contraria de negarse a cumplir el fallo de la Autoridad de Impugnación Tributaria.