Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1596/2014
Fecha: 19-Ago-2014
II.5.
II.5. Cursa Auto 05/2014 de 24 de enero, donde los Jueces Técnicos y Ciudadanos del citado Tribunal de Sentencia Penal rechazaron la recusación sobreviniente planteada por el accionante contra Juana Aguirre Vallejos, con el fundamento que un poder emitido para la realización de trámites de orden civil en ningún momento compromete la imparcialidad o independencia de la Jueza nombrada, dado que cualquier persona requiere de los servicios de un determinado profesional y esto no deriva en que tenga un interés o una amistad manifiesta que interfiera en los procesos que participa (fs. 3 a 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso y su triple dimensión
- Fragmento 14
- recusación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR