Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1616/2014
Fecha: 19-Ago-2014
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2012, por Sebastián Jaime Callisaya Mamani y Andrea Justina Misme Loayza, interpone querella criminal contra René Mamani Mamani y otros, por la presunta comisión de delito de allanamiento de domicilio y robo (fs. 50 a 51 vta.). En consecuencia el Fiscal de Materia de La Paz, Javier Claros Chávez, mediante providencia de 1 de octubre de 2012 admite la querella referida (fs. 52).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR