SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1618/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1618/2014

Fecha: 19-Ago-2014

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Eneas Fátima Gentili Álvarez, Jueza Novena de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, mediante informe cursante de fs. 17 a 18 y vta., señaló que: Corresponde se declare la “improcedencia” de la presente demanda interpuesta, por cuanto existe una apelación incidental pendiente de Resolución y que la acción de libertad no es sustitutivo de otro recurso de la justicia ordinaria, por lo que una vez que se tramite dicho recurso y se cumpla las formalidades de ley, remitirá dentro de plazo el expediente ante el Tribunal de alzada.