Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1676/2014
Fecha: 29-Ago-2014
II.3.
II.3. Los formularios de notificación de Secretaría con la notificación de la acción notificación a los demandados, no fueron debidamente llenados, pues solo consta la firma de Reynaldo Maturano Cruz, abogado, sin que se explique la relación que tiene con los demandados, para suscribir en constancia (fs. 14 y 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- i)
- III.1. Inaplicabilidad de la subsidiaridad excepcional de la acción de libertad en caso de niños, niñas y adolescentes
- Fragmento 13
- III.2. La limitación del derecho a libertad y la voluntad del constituyente
- cumplimiento de requisitos y condiciones
- el 20 de septiembre del mismo año