SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1688/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1688/2014

Fecha: 29-Ago-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su defensa técnica en audiencia, ratificó los fundamentos expuestos en la demanda, agregando que se instauró proceso disciplinario en su contra, ante la denuncia formulada por su persona a “Transparencia”, por irregularidades cometidas por funcionarios del hospital Viedma; en represalia de dicha denuncia, se pretendió cambiarle de puesto de trabajo, siendo víctima de atropellos en la sustanciación del proceso disciplinario, al no permitirle presentar pruebas, rechazado el recurso de revocatoria y declarando ejecutoriada expresamente la Resolución Administrativa Final; asimismo, la nulidad de notificación que planteó fue rechazado por la Autoridad Sumariante.

Haciendo uso de la réplica, señaló que la Resolución de ejecutoria no tiene la debida fundamentación; respecto a la acción de amparo constitucional señalada, refirió que contenía diferentes fundamentos a la presente acción de defensa, y que fue formulado por hechos ocurridos en forma posterior a la emisión del fallo, no por hechos anteriores que constituyen el fundamento de la primera acción tutelar; del mismo modo, la ausencia del tercero interesado en esta audiencia, no es causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional. Finalmente, indicó que la formulación del recurso de revocatoria, es viable contra toda resolución que cause estado.